Dos jueces del Tribunal Constitucional cuestionan sentencia sobre candidaturas independientes
El TC ordenó al Congreso Nacional reemplazar el término "partidos políticos" por "agrupaciones civiles y sociales".
Jueves, dic 26, 2024. Kelvin Isidro Valdez
Santo Domingo, R.D – El Tribunal Constitucional (TC) declaró inconstitucionales dos artículos de la Ley 20-23 del Régimen Electoral relacionados con las candidaturas independientes. Sin embargo, los jueces José Alejandro Vargas y Army Ferreira emitieron votos disidentes, al considerar que el TC excedió sus atribuciones al incluir el contenido que deberían tener los artículos 156 y 157 en su fallo. La mayoría del pleno acogió la acción de inconstitucionalidad presentada por Alberto Fiallo Billini, al argumentar que la legislación actual limita este derecho al exigir respaldo de agrupaciones políticas para dichas candidaturas.
El TC ordenó al Congreso Nacional reemplazar el término «partidos políticos» por «agrupaciones civiles y sociales», utilizando la figura de sentencias interpretativas aditivas para subsanar omisiones legislativas, según el artículo 47 de la Ley 137-11. Este veredicto busca garantizar los derechos de participación ciudadana, pero ha generado rechazo en sectores políticos por su posible impacto en el sistema político.
Ferreira argumentó que modificar y crear leyes es una tarea exclusiva del legislador orgánico, citando el artículo 112 de la Constitución. Este precepto establece que las leyes orgánicas deben ser aprobadas con el voto de dos terceras partes del Congreso. Señaló que las sentencias deben aplicarse con cautela para no alterar el equilibrio entre poderes del Estado ni vulnerar el principio democrático.
Por su parte, Vargas criticó el uso de una «sentencia manipulativa», que en su opinión convierte al TC en un legislador positivo al crear nuevas normas. Indicó que esta decisión retrocede el sistema jurídico electoral y que el TC debería autolimitarse para evitar actuar como sustituto del legislador.
Ferreira expresó preocupaciones por la incorporación de agrupaciones cívicas y sociales sin requisitos legales definidos, lo que podría generar desigualdad en las condiciones de participación. Según Vargas, estas agrupaciones carecen de personería jurídica y no están obligadas a proponer candidatos mediante mecanismos democráticos fiscalizables. Esto, dijo, introduce disparidad en la presentación de candidaturas.
El presidente del PRM, José Ignacio Paliza, instó a la Junta Central Electoral (JCE) a discutir con los partidos políticos las medidas para implementar el fallo del TC. Señaló que la flexibilización en los requisitos de candidaturas independientes puede generar desigualdades en la competencia electoral y complicaciones en la logística del sufragio.
Las agrupaciones políticas han manifestado inquietudes adicionales, como el riesgo de que esta apertura permita la participación de ciudadanos vinculados a actos ilícitos. Esta perspectiva resalta la necesidad de un marco normativo más claro para evitar vulnerabilidades en el sistema democrático.
La controversia generada por esta decisión pone en evidencia los desafíos que enfrenta el Tribunal Constitucional al interpretar la Constitución y buscar soluciones a omisiones legislativas sin invadir las competencias exclusivas del Congreso Nacional.