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Tres leyes y un proyecto para privatizar el agua

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Por Felipe Lora

En el párrafo final de la primera parte de este trabajo  terminé  indicando que el Presidente Luis Abinader, a pesar de los desastrosos resultados obtenidos en todas las empresas y servicios donde se puso en acción la trampa privatizadora del neoliberalismo, ha decidido continuar aplicando esas fallidas y devastadoras acciones neoliberales.

Ahora le toca al Agua
El agua es el recurso más preciado del planeta y los neoliberales los saben. También saben que sus medidas económicas están destruyendo el planeta y que han desestabilizado el ciclo del agua produciendo una escasez mundial del preciado líquido. Y, ¿qué hacen los responsables de este funesto panorama?

La respuesta puede encontrarse en las siguientes dos citas,  las cuales aparecen en la misma página de un documento publicado por la ONU donde los responsables de crear la escasez, proponen su “solución.
 Refiriéndose a la terrible escasez dicen:

“Cada vez hay más recursos hídricos contaminados, sobreexplotados y secados por el ser humano, a veces con consecuencias irreversibles.”

Y refiriéndose a la “solución que proponen afirman que:
“Enormes beneficios y oportunidades sociales, económicas y medioambientales”

Nuestro Presidente y sus amigos y socios empresarios, ahora nombrados Secretarios de Estado, son de los que ven “los beneficios económicos” que se puede lograr invirtiendo en el control del escaseado líquido. Por tal razón y con ese objetivo han diseñado un maquiavélico plan para, una vez más, despojar al pueblo dominicano de sus recursos. El problema es que, esta vez planean quitarnos el agua.

¿Cómo lo están haciendo?
Debo confesar que no tenía la menor idea de cómo, el neoliberalismo y sus representantes dominicanos, estaban planeando la privatización del agua. Y eso, ¡a pesar  que sigo muy de cerca el movimiento social, el ambiental, y el de la Izquierda Dominicana!

Todo cambió cuando, por invitación del ambientalista, organizador, activista social y camarada, Hector Turbí, me integró a un importante grupo de ambientalistas dominicanos que se preparaban para, en un evento nacional, iniciar los pasos para la integración y/o coordinación de dos movimientos: El social y el ambiental.

Con estos contactos logré un asiento delantero en la charla sobre la “Privatización del Agua y la Experiencia Brasileña”  organizada por La Sociedad Ecológica del Cibao (SOESI), sociedad creada en el 1976 y dirigida por Belkis García. En la charla, moderada por  el ambientalista y miembro de la directiva de SOECI Olmedo León, participaron la brasileña Soniamara Maranho del Movimiento de Afectados por Represas (MAB por su sigla en portugués) y Luis Carvajal de la Academia de Ciencias y la Comisión Ambiental de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD). 

La activista brasileña Soniamara nos hiso un recuento de la desesperante situación  que vivieron y viven los países que privatizaron el agua,  como los casos de Italia y Chile, y de la experiencia brasileña donde el agua fue convertida en una mercancía que se vende al mejor postor. Como era de esperarse, esta acción afectó, en forma desproporcionada e inhumana, a los pobres,  los campesinos y a los pequeños productores brasileños.

Los detalles ofrecidos me impresionaron tanto que, para el final de su exposición, mi estado de indignación estaba por las nubes.

Las Tres leyes
Fue en este estado que me encontró la exposición de nuestro ambientalista  Luis Carvajal.
Su intervención titulada, “Tres leyes  y una sola intensión. Desde la perspectiva de los movimientos sociales y ambientales,” me dejó pasmado. “¡Las acciones y los efectos descritos en la intervención anterior ya han comenzado a ocurrir aquí, en nuestro país!”  Pensé.

Todavía escucho su voz advirtiéndonos que “El diablo esta en los detalles”, refiriéndose a las tres leyes que se interceptan en el agua y las concepciones. Las referidas leyes son: La vieja Ley Minera 146-71  para la cual, y por mandato del Presidente Luis Abinader,  ya existe, desde diciembre del 2020, una propuesta para su reforma;   La controversial Ley Alianza Público-Privada 47-20 (APP)  y la moderna ley que modificó el artículo 129 y el artículo 131 en sus párrafos I, II y III, de la Ley Núm.189-11, del 16 de julio de 2011, Ley de Fideicomisos 338-21 aprobada a todo vapor por el corto gobierno de Luis Abinader.

La idea, según el ambientalista Luis Carvajal, es reunir las piezas del rompecabezas privatizador  que se encuentran esparcidas  por las tres leyes citadas para, en el tablero de la Ley de del Agua, mejor conocida entre los defensores del medio ambiente como la Ley de la Privatización del Agua, ensamblar las piezas y eliminar el carácter patrimonial del agua.

El descubrimiento del plan privatizador, me imagino, no le fue un trabajo fácil al ambientalista Luis Carvajal, pues las leyes por separado no se muestran tan amenazantes al recurso natural más valioso del planeta. Pero, analizando en conjunto todas sus referencias al agua y sus fuentes, se puede descubrir la existencia de un plan neoliberal que solo espera la implementación del Proyecto de  Ley de Agua para terminar el ciclo de su privatización.

El tren privatizador ya está en camino, y se dirige a rápidamente hacia la parada final   como lo indican algunas acciones y medidas  legales, tales como las concesiones mineras, la ley de la APP 47-20, la ley del fideicomiso, la aprobación ilegal de presas privadas, el intento de “revivir el muerto” de la Presa de las Placetas, la inversión en mega-obras hidráulica sin objetivo  aparente, como  la presa “Boca de los Ríos”, en la comunidad El Pastor, de Santiago Rodríguez,  y sobre todo, la constante disminución en la cantidad de agua disponible, o sea, la escasez del recurso.

Recuerden que el ciclo neoliberal de privatización depende del éxito que tengan en la “etapa de abandono y destrucción” del sistema público para justificar la intervención de las “eficientes” empresas privadas.

Pasos hacia la privatización
Primero.
El nuevo Proyecto de “Ley de Agua’ cambia una sencilla definición  que luego abre las puertas privatizadora. Dice, definiendo la Línea de Rivera que: “Está determinada por el nivel de las aguas en las máximas crecidas ordinarias y que a su vez marca el límite entre dominio público y dominio privado.”


Segundo. Desarma al Ministerio de Medio Ambiente de su poder, pues traspasa todas sus responsabilidades relacionadas con el agua al recién creado Ministerio de Economía Planificación y Desarrollo.

Pongan atención, el agua ya no sería responsabilidad de Medio Ambiente, sino de Economía; clara señal de que el agua será tratada como un producto comercial y no como un patrimonio público.
Ver más sobre la debacle del Agua en esta corta opinión del Ing. Teodoro Tejada, expresidente del Codia.  También Ver Pacto del Agua2021-2036

Tercero. Otro punto que juega un papel importante para el futuro del agua es la definición que hace el proyecto de ley de la triple dimensión del recurso del agua: como derecho humano, como bien económico y como como un bien social.

Esta definición, especialmente en lo referente al concepto de utilidad pública es importante pues, como indicó el sr. Carbajal en su intervención, este concepto aparece en las tres leyes mencionadas y, con relación al agua,  se va debilitando paulatinamente.

Cuarto. Por otra parte, el Proyecto de Ley de agua, en su artículo 10, agrega otro elemento de preocupación pues “otorga al poder ejecutivo el poder de declarar de utilidad pública  los bienes inmuebles que por su localización sean necesarios, a juicio del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales…”. Hasta ahí todo está bien pero, inmediatamente agrega, “…bajo recomendación del Ministro de Economía Planificación y Desarrollo (MEPyD) en su calidad de coordinador del Plan Nacional de Ordenamiento Territorial (PNOT) y de la Autoridad Nacional del Agua  (ANAGUA),..”  

El que sabe leer entre líneas se da cuenta, inmediatamente, que con este lenguaje se le quitará el poder de “recomendar”, a su juicio, declarar de utilidad pública los bienes necesario para porteger nuestras fuentes de agua a quienes saben de agua para pasarle ese poder a los que supuestamente saben de economía. O sea, a los que trataran el agua como una mercancía que debe producir ganancias para los Inversores Privados.

Vale indicar que esta entidad (MEPyD) según el artículo 18 del  proyecto de la Ley de Agua, será la que creará la Autoridad Nacional del Agua (ANAGUA) como lo manda el siguiente artículo.Veamos:
“Articulo 18. Creación de la Autoridad Nacional del Agua. Se crea la Autoridad Nacional del Agua como entidad autónoma y descentralizada del Estado, investida en personalidad jurídica, patrimonio propio, autonomía administrativa, jurisdiccional, financiera y técnica, la cual estará adscrita al  Ministro de Economía Planificación y Desarrollo/ Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales encargada de la regulación, planificación, y administración del dominio público hídrico en calidad y cantidad a nivel nacional.”

En otras palabras, el Ministro de economía (MEPyD) será el coordinador del (PNOT) y de su creada (ANAGUA). Otro golpe bajo para el pueblo dominicano pues serán, los que saben de economía, los “encargados” de proteger el agua.

Quinto: Por otro lado, la ley actual, en su artículo 1ro. dice: “El Objeto de la ley.  La presente ley tiene por objeto ordenar, regular y administrar el uso del dominio público hídrico para contribuir al desarrollo sostenible de la nación, mediante la creación de un sistema de Gestión Integrada con capacidad para aplicar instrumentos efectivos de planificación, protección, control y sanción.” 

¡Pero recuerden que los objetivos que indica esta ley fueron  ya traspasados al MEPyD!

Sexto
. Otra definición importante. Así define la ley la Concesión: “Acto administrativo en virtud del cual la autoridad administrativa competente le confiere a un beneficiario, sea persona física o jurídica, el derecho de aprovechamiento de una parte del dominio público hídrico.”

Y, ¿a quien, si aprueban el proyecto de Agua como lo han presentado en el Congreso, le corresponderá: “Otorgar y revocar las concesiones y permisos para uso del dominio público hídrico cuando ello no corresponda al Director Ejecutivo conforme lo establezca el reglamento de la ley;…”? Al MEPyD.

Y. ¿quién será el encargado de “Establecer las zonas de protección y de reserva de agua en el territorio nacional permanentes o temporales, para preservar el recurso hídrico y proteger la población;…? El MEPyD, ¡por supuesto!

Séptimo. ¿Quiénes recibirán concesiones hídricas en el país? O sea, ¿Quiénes tendrán derecho de usar parte del patrimonio nacional, y en el caso del agua, el dominio público hídrico?

El artículo 33 de la ley dice lo siguiente sobre las Entidades Prestadoras del Servicio Hídrico: “Son entidades prestadoras del servicio la personas físicas o jurídicas, sean sociedades comerciales o asociaciones sin fines de lucros, de naturaleza pública o privada que operen el uso o el aprovechamiento del agua para cualquier propósito específico, para lo cual deben estar amparadas por el correspondiente derecho de uso y aprovechamiento conforme la disposición de esta ley y demás regulaciones pertinentes
Permítanme aplatanar, para que todo el dominicano entienda lo que dice y lo que, dentro del contexto, implica este artículo: “Las Entidades Prestadoras del Servicio Hídrico son empresas privadas que están amparadas con el derecho que le otorgó la MEPyD para usar el agua para cualquier propósito que esté especificado en el derecho otorgado.”

¡Imagínese lo que podrán lograr, hasta los abogados más mediocres, con la frase “para cualquier propósito”!

Y, ¿cuál es el único organismo que puede otorgar esos derechos a empresas privadas? La MEPyD, ¡por supuesto!

Octavo. Y eso no es todo, pues el artículo 61 dice, refiriéndose a la duración de las concesiones que: “se establecerá de acuerdo a con la naturaleza de la actividad propuesta, así como con el periodo de recuperación de la inversión y la previsión de un tiempo suficiente para que la explotación sea rentable.” ¿Quién sabe cuánto tiempo es eso y cuando una inversión es rentable?

Como podemos ver, el lenguaje usado en esta importantísima ley es lo suficientemente ambiguo como para “permitir, sin mucho esfuerzo, que aquellos quienes tienen los recursos económicos se adueñen del dominio público hídrico, y que lo hagan usando, en su defensa, las mismas leyes que supuestamente se están escribiendo para defenderlo.

Quienes escribieron y quienes desean aprobar este proyecto de ley son muy ineptos y están poniendo al país en peligro o, son bien pagados y están poniendo sus intereses por encima del de toda la nación.

Y, ¡hermanos dominicanos!, basado en todas las encrucijadas y los laberintos que hay que desenredar para ver las intenciones de este proyecto de ley, yo no creo que sean ineptos.

Continuará.

Felipe Lora
8 de agosto del 2022.


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